La declaración de herederos se firma ante Notario cuando la persona fallecida no otorgó testamento.
La podrán solicitar los descendientes, ascendientes, cónyuge o pareja y los parientes colaterales.
Quien lo solicite deberá acreditar interés legítimo.
Habrán de acreditarse las siguientes circunstancias:
Habrá que esperar 20 días hábiles desde su iniciación para obtenerla.
Consta de dos documentos:
Se firmará ante el Notario del último domicilio del causante o dónde tuviese la residencia habitual, dónde falleció, dónde tenía la mayoría de su patrimonio, o en distrito colindante a elección de la persona que solicite la declaración de herederos.